
Cuando dos o más emprendedores deciden dar el paso y acudir al notario para firmar la constitución de una SL, el ambiente suele ser de optimismo absoluto. Hay confianza, una idea de negocio sólida y ganas de trabajar. Sin embargo, las empresas son dinámicas y las circunstancias personales y profesionales de los socios cambian con los años.
¿Qué pasa si un socio quiere dejar la empresa y vender sus participaciones a un competidor? ¿Cómo se toman las decisiones si hay un empate del 50%? ¿Qué ocurre si uno de los socios deja de trabajar en el día a día pero quiere seguir cobrando lo mismo?
Para responder a estas preguntas antes de que se conviertan en un problema real, existe una herramienta jurídica vital: el pacto de socios.
A diferencia de los Estatutos Sociales que se redactan al constituir la sociedad (y que son públicos y genéricos), el pacto de socios es un contrato privado que regula las normas del juego entre las personas que forman la empresa.
Es un traje a medida. Su gran ventaja es la confidencialidad y la flexibilidad: permite regular situaciones muy específicas del día a día que la ley de sociedades no contempla en profundidad.
Este documento actúa como el pegamento que une y complementa otros dos pilares de la estructura corporativa:
Un buen pacto de socios debe adaptarse a la naturaleza de cada pyme, pero existen tres bloques de cláusulas que siempre deben estar sobre la mesa:
Regula cómo se gobernará la empresa. Aquí se definen las mayorías reforzadas para decisiones críticas (como vender la empresa, pedir un crédito grande o cambiar de actividad) y los mecanismos para desbloquear la situación si los socios no se ponen de acuerdo.
Es vital dejar por escrito qué se espera de cada uno. Si todos van a trabajar a tiempo completo en el negocio o si alguno es solo un socio inversor. También protege a la empresa prohibiendo que un socio monte un negocio idéntico por su cuenta en Rubí o alrededores utilizando los clientes de la sociedad.
Regulan el futuro de las participaciones:
El mayor error de las pymes es intentar redactar este documento cuando el conflicto ya ha estallado. En ese momento, la negociación se vuelve emocional y destructiva. El pacto de socios se debe firmar al principio, cuando todos los miembros están alineados y buscan el bien común de la empresa.
Un negocio sin este acuerdo es una empresa vulnerable. Un solo desacuerdo bloquea las cuentas, paraliza las ventas y puede abocar al cierre de un proyecto que era perfectamente viable.
Redactar un pacto de socios no consiste en descargar una plantilla de internet. Un documento mal redactado o contradictorio con los Estatutos de la sociedad puede ser impugnado y no tener validez real cuando más lo necesites.
En Rubigest, como asesoría mercantil en Rubí, ayudamos al tejido empresarial local a crecer sobre cimientos seguros. Analizamos la realidad de tu negocio, mediamos entre los socios para plasmar vuestros acuerdos reales y redactamos un documento jurídico robusto que garantice la paz social de tu empresa a largo plazo.
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